Condiciones
Le entregamos el vehículo en el aeropuerto, estacion de tren, centro de Málaga, terminal de cruceros, y la recepción de su hotel. Incluso se puede entregar en su domicilio en Málaga o provincia. Tambien ahora entregas y recogidas en nuestra nueva sucursal en El Corte Inglés de Puerto Banús, Marbella
La recogida del vehículo
El alquiler
La devolución
CONDICIONES GENERALES
1.- UTILIZACIÓN DEL VEHÍCULO.
El arrendatario declara recibir el vehículo objeto del presente contrato en perfecto estado y provisto de los accesorios expresados en el anverso. Asimismo, declara que son ciertas las circunstancias personales y domicilio expresados en el anverso. Queda expresamente prohibido al arrendatario:
a) Utilizar el vehículo para el transporte retribuido de personas o de mercancías.
b) Utilizar el vehículo para empujar o remolcar a otros.
c) Participar con el vehículo en pruebas deportivas o competiciones, o usarlo fuera de la red viaria pública asfaltada.
d) Conducir el vehículo bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas o estupefacientes.
e) Conducir el vehículo persona distinta de las autorizadas en el anverso.
f) Manipular los elementos mecánicos del vehículo por sí o por medio de otras personas, incluso talleres de reparación.
g) Salir con el vehículo fuera del territorio peninsular español, así como de Andalucía sin la previa autorización por parte de Prima Rent a Car.
2.- DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO.
El vehículo se devolverá en el lugar y fecha expresada en el anverso. El retraso en más de 60 minutos autoriza al arrendador a cobrar un día extra.
Pasadas las 24h del día señalado para devolver el vehículo, el arrendador podrá retirar el vehículo al arrendatario si fuere hallado, así como instar las acciones judiciales oportunas para su recuperación. Cada día que exceda del período contratado hasta la recuperación del vehículo, se reclamará conforme a las tarifas oficiales de la empresa arrendadora, con exclusión de los descuentes de que hubiese disfrutado el arrendatario por el periodo contratado.
3.- CARGOS DEL ALQUILER.
Además del precio de alquiler expresado en el anverso, el arrendatario se obliga a pagar:
a) Las herramientas y accesorios no devueltos.
b) La pérdida de documentos
c) Las multas o sanciones por infracción de normas de tráfico, reglamentos u ordenanzas, así como retirada por grúas y depósitos y recargos por administración de multas.
d) Los desperfectos que se causen en los neumáticos.
e) El combustible consumido y gastos de remolque del vehículo a la sede de la empresa por abandono u otra causa imputable al arrendatario.
f) Los daños al vehículo, cualquiera que fuese la causa, en caso de que el arrendatario hubiese incumplido las prohibiciones del punto 1.- anterior, o sean consecuencia de negligencia o culpa grave del propio arrendatario, incluidos los días en que el vehículo esté paralizado por avería o retención acordada por las autoridades judiciales o de Tráfico.
En cualquier otro supuesto distinto de los anteriores, la responsabilidad del arrendatario por daños causados al vehículo queda limitada al importe de la franquicia establecida en el anverso para el caso de que se hubiese contratado.
4.- ACCIDENTES.
En caso de accidente, el arrendatario se obliga, so pena de perder los derechos del seguro, a:
a) Comunicar en el plazo máximo de 24 horas desde que se produjo el mismo a Prima Rent a Car.
b) Obtener datos de la parte contraria y posibles testigos, cumplimentándolo en un parte que remitirá a Prima Rent a Car, dentro del plazo de 48 horas desde que se produjo el accidente.
c) Notificar inmediatamente a las autoridades si la culpabilidad de la otra parte debe ser investigada, o si hay personas heridas, antes de firmar ningún parte reconociendo su responsabilidad en el accidente.
d) No reconocer o prejuzgar la responsabilidad del hecho.
e) No abandonar el vehículo alquilado sin tomar medidas necesarias para protegerlo, y evitar que entorpezca la circulación, siempre siguiendo las órdenes de las autoridades.
5.- REPARACIONES. El arrendador no reembolsará al arrendatario de ningún gasto por reparaciones realizadas en el vehículo y que no hayan sido previamente autorizadas.
6.-RESPONSABILIDAD DEL ARRENDADOR. El vehículo arrendado ha sido convenientemente revisado antes de su entrega, y tiene vigente la Inspección técnica, por lo que el arrendatario no podrá exigir al arrendador ninguna responsabilidad por avería fortuita. Caso de producirse, facultará a cualquiera de las partes a tener por resuelto y expirado el contrato, sin obligación del arrendatario de abonar los días no disfrutados. La empresa arrendadora podrá no obstante, y siempre potestativamente, sustituir el vehículo averiado por otro.
7.- GARANTÍAS. El arrendador podrá exigir como garantía del cumplimiento de las obligaciones asumidas por el arrendatario, que este última realice un depósito en efectivo o autorice el cargo del importe de la garantía en su tarjeta de crédito.
8.- SEGUROS.
El seguro concertado por Prima Rent a Car cubre al arrendatario y conductores autorizados por el presente contrato contra la responsabilidad civil (daños a terceros) por cantidad ILIMITADA. No se considerarán terceras personas, a efectos del seguro, los bienes del cónyuge, ascendientes, descendientes, hermanos o parientes del arrendatario o conductor autorizado, así como sus socios o personas que tengan los mismos en relación de salario o dependencia.
Quedan expresamente excluidos del seguro la pérdida, robo o daños causados a bienes u objetos transportados en el vehículo arrendado.
La responsabilidad del arrendatario con respecto a los daños causados al vehículo arrendado está cubierta totalmente en los casos de robo e incendio y limitada a la cantidad que en concepto de franquicia figura en la tarifa actual en caso de accidente, siempre y cuando se haya contratado y abonado la prima correspondiente según tarifa, siendo para ello requisito indispensable la firma del presente contrato.
9.- CONTRATACIÓN. En el caso de que el arrendatario sea una entidad jurídica o empresa, la responsabilidad de esta última se entenderá solidaria junto con el conductor.
10.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. En cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) (Reglamento (UE) 2016/679) del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, queremos informarle de los siguientes puntos: El Responsable del Tratamiento es PRIMA RENT A CAR, S.L.; CIF: B92039155; Dirección: CALLE ILDEFONSO MARZO 9, 29003, MÁLAGA, ESPAÑA; Teléfono 952310975; Correo electrónico: prima@rentacarprima.com; los datos serán tratados para gestionar la prestación de los servicios de venta/arrendamiento de vehículos. Los datos se conservarán durante el periodo en que se mantenga la relación contractual entre las partes; posteriormente se bloquearán durante el periodo de prescripción de acciones judiciales, y se eliminarán una vez finalizado dicho periodo. Solicitamos su consentimiento para el envío de comunicaciones informativas a través de correo postal, fax y/o correo electrónico sobre los productos y servicios que ofrece nuestra empresa. Si no desea que le enviemos este tipo de comunicaciones, marque la siguiente casilla . Los datos que se recogen se limitan a su DNI, carnet de conducir, nombre y apellidos, dirección, teléfono, correo electrónico, firma y tarjeta de crédito. La base que legitima el tratamiento es la ejecución de este Contrato. Los datos identificativos de los clientes serán comunicados, por imperativo legal, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para la prevención de delitos y para garantizar la seguridad nacional. El tratamiento de la información no implica transferencia internacional de datos. El interesado tiene derecho a solicitar el acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad de sus datos, enviando una carta o correo electrónico a las direcciones indicadas. El interesado puede presentar una reclamación ante la Autoridad de Control de Protección de Datos competente.
11.- JURISDICCIÓN. El cliente, cualquiera que sea su nacionalidad, declara haber leído y aceptar expresamente todas las condiciones del Contrato y, renunciando a su fuero propio, para todas las cuestiones a que pudiera dar lugar la aceptación de las anteriores normas se somete expresamente al fuero del cumplimiento de la obligación y Legislación Española.
IMPORTANTE: Los pinchazos, la rotura (total o parcial) de llantas y neumáticos: son a cargo del arrendatario. En los accidentes ocasionados fuera de la carretera asfaltada no están cubiertos los daños del vehículo, aún teniendo contratado el seguro de daños materiales.
CONFORME CON LAS CONDICIONES, FIRMO AL DORSO EN EL RECUADRO CORRESPONDIENTE.
*Limpieza extra entre 45€ y 150€
*Prohibido fumar en el interior del vehículo.